miércoles, 15 de junio de 2016

La Postura En La Oficina Importa




TALLERES Y LABORATORIOS EDUCACIONALES AMBIENTES DE TRABAJO NO EDUCACIONALES


¿Que son Laboratorios y Talleres en Instituciones de Educación?
-Espacios de aprendizaje,
-Experimentación e investigación.
-Lugares de prácticas para el desarrollo de habilidades.
-Medios educativos
¿Están definidas sus condiciones físicas y organizacionales buscando favorecer la salud, seguridad, medio ambiente y calidad?   


TALLER EN EL CONTEXTO EDUCACIÓN TÉCNICA


     Es el espacio de trabajo en el que se realiza un proceso de enseñanza aprendizaje, con objetivos académicos. Para que el estudiante desarrolle habilidades, actitudes y aptitudes que complementan los conocimientos y la capacitación para el desempeño laboral o profesional.    


     

LABORATORIO EN EL CONTEXTO EDUCACIÓN TÉCNICA


     Es un área de enseñanza práctica en la que se comprueban los conocimientos impartidos teóricamente con demostraciones tangibles que ayudan al alumno a relacionar las clases con el mundo real, además de darle un enfoque quinestésico y atractivo. El laboratorio está organizado para ofrecer una instrucción en una unidad dentro de un área o especialidad, se dice que son cursos más avanzados por pertenecer a un laboratorio unitario. 


TALLERES ESCOLARES


     Es un ambiente de trabajo donde el operario transforma y modifica la materia prima en un trabajo semi o totalmente terminado. Se desarrolla un trabajo de tipo manual, es decir, que la habilidad manual juega un papel muy importante.




LABORATORIOS ESCOLARES


     Es el ambiente de trabajo donde se hacen observaciones a fenómenos físicos y químicos cuantificados y cualificados. Allí se hacen experimentos de carácter científico y matemáticos. Se realizan trabajos de índice técnica o investigación científica. 


DIFERENCIAS DE TALLERES

•trabajo manual o artesano
•Espacio de transformación de materia prima
•Condiciones físicas ambientales normales.
•Equipos e instrumentos básicos        
•Trabajos manuales juega un papel importante        
DIFERENCIAS DE LABORATORIOS:
•Trabajo de espacio de investigación
•Trabajo más preciso
•Condiciones ambientales muy específicas
•Equipos e instrumentos sofisticados
•1rabajos de índole técnica.
COMPARACIÓN DE TALLER ESCOLAR
•Medir habilidades prácticas.
•Emplear conocimientos.
•Desarrollo de trabajos manuales.
•Elaboración de instrumentos.
•Diseño, elaboración de circuitos.
•Transformación de materia prima.
•Reparaciones.
COMPARACIÓN LABORATORIO ESCOLAR
•Experimentos físicos o matemáticos.
•Uso de instrumentos.
•Observación de fenómenos físico-químicos.
•Comprobación.
•Comportamiento de materiales semiconductores, conductores y no conductores.
•Medición de parámetros eléctricos.
•Comprobación de leyes y teorías.


DISEÑO Y ORGANIZACIÓN DE LABORATORIOS ESCOLARES:

El diseño y organización de los laboratorios escolares deben ser estudiados a fondo con el fin de lograr que sea adecuada para el mantenimiento de un buen nivel preventivo.
Los elementos estructurales (suelo, techo, mobiliario, entre otros) deben tener solides necesaria.
La distribución de superficies se debe disponer el espacio de tal forma que se pueda desarrollar todas las operaciones de forma segura incluyendo la movilización de personas y materiales.
Los laboratorios han de disponer de al menos dos puertas funcionales, preferiblemente alejadas entre sí. No se deben sobrecargar los laboratorios, muebles y equipos para así evitar accidentes y una evacuación eficaz.
La ventilación debe estar garantizada en un trabajo de laboratorio. <es conveniente tener ventilación suplementaria, (extractores) en caso de emergencia. Una buena distribución y mantenimiento de paso, permitirá en la mayoría de los casos evitar un accidente.
Las redes de los servicios especiales como gas y electricidad y sus aparatos correspondientes deben estar protegidas por encima del riesgo propio del laboratorio.
En cada laboratorio es conveniente delimitar un área de seguridad.
Las puertas de los talleres deben tener relación con el acceso para facilitar el ingreso de los materiales, maquinarias y equipos pesados.
Los talleres educativos deben poseer puntos eléctricos de (110V-220V) según requiera el uso.
Las instalaciones de un taller deben estar provistas de extintores de incendio y detectores de incendios, deben poseer cuartos de depósito bien organizados para guardar herramientas.
Las instalaciones de un taller deben una excelente iluminación.
La ventilación es de gran importancia y debe ser garantizada en cada taller escolar


AMBIENTES DE TRABAJO NO EDUCACIONALES ONTOLOGÍA DE AMBIENTES LABORABLES: INTERACCIÓN HOMBRE-ORGANIZACIÓN.

La estructura organizacional, al ser una respuesta que el hombre ha desarrollado por siglos para satisfacer el cumulo de necesidades que la sociedad demanda en cada fase de la vida de sus integrantes, debe plantearse retos con una nueva realidad existencial condicionada por la tecnología en su comportamiento y reacciones, ante el surgimiento de las infinitas necesidades del hombre
Toda organización debe mantener una evolución que le ofrezca una verdadera y exclusiva identidad genética organizacional, al estar integrada por el humano cada vez más adaptado, por una parte, a las nuevas circunstancias de producción, de responsabilidad social, de conservación del ambiente, políticas, culturales y de investigación tecnológica, y por otra al ser un factor cada vez más apto y capaz de desarrollar nuevas formas de atender su entorno como ente cambiante.
La organización debe tomar como rumbo, una estructura dirigida por el hombre para cumplir con la función de bienes y servicios, para atender las actuales y nacientes necesidades de la sociedad, manteniendo el equilibrio ambiental que el planeta exige para su supervivencia.
La evolución de las organizaciones en la forma como ha evolucionado y su organización original: la familia. Este tipo de estructura organizada represento la forma de atener las necesidades básicas, al reunirse en equipos para obtener alimentos y vestidos al comienzo de la vida humana y de la sociedad primitiva. Con los años la familia logró perfeccionar su estructura, logrando la producción de otros tipos de bienes en respuesta a nuevas y propias necesidades de supervivencia.

En la actualidad dichas necesidades del hombre se incrementan cada día más a causa de los cambios económicos, políticos que presenta el país. Es por tal razón, que el hombre de hoy debe luchar fuertemente para poder satisfacer sus necesidades.

NORMAS Y REGLAMENTOS QUE INCIDEN EN LA ORGANIZACIÓN DEL DISEÑO DE TALLERES Y LABORATORIOS ESCOLARES

1. Los talleres o laboratorios no deben estar ubicados en lugares donde se restrinja el ruido.
2. Evite una ubicación que requiera una larga rampa para almacenamiento, esta deberá estar separada de zona de deportes, de estacionamiento y avenidas.
3. El almacenamiento de provisiones debe de estar ubicado de tal manera que se pueda descargar equipos y maquinarias pesadas durante horas normales, Sin que disturbe otras aéreas de la escuela.
4. Por motivo del ruido, deben de estar ubicados en infraestructuras de una sola planta.
5. También existen normativas dentro de los talleres y laboratorios: donde deben ir ubicadas las máquinas, los materiales y equipos necesarios para las labores dentro de dicho ambiente.
6. También debemos nombrar organismos y leyes que existen para proteger al personal que labora en los talleres: Lopcimat, Covenin, Ley Orgánica del trabajador.
  ORDEN Y LIMPIEZA

Mantén limpio y ordenado tu puesto de trabajo oestudio.2. No dejes materiales alrededor de las máquinas. Colócalos en lugar seguro y donde no estorben elpaso.3. Recoge cualquier objeto que pueda causar unaccidente.4. Guarda ordenadamente los materiales y herramientas. No los dejes en lugares inseguros5. No obstruyas los pasillos, escaleras, puertas o salidas de emergencia.


LA ERGONOMIA SU APLICACIÓN EN EL TALLER ESCOLAR/INDUSTRIAL/ NO EDUCACIONAL

     La Ergonomía, ha sido definida de múltiples maneras, que en general derivan de su propia etimología, ergos: trabajo, actividad, y nomos: principios, leyes; aunque la Asociación Española de Ergonomía AEE, plantea una definición que puede considerarse integradora de las diferentes tendencias de la ergonomía y la ingeniería de los factores humanos “La ciencia aplicada de carácter multidisciplinar que tiene como finalidad la adecuación de los productos, sistemas y entornos a las características, limitaciones y necesidades de sus usuarios para optimizar su eficacia, su seguridad y su confort”.

     En la medida que la ergonomía es una técnica preventiva, interviene en aspectos relacionados con la seguridad y con la higiene industrial, por ello se trata de una ciencia multidisciplinar.


     No es una ciencia pura, sino una ciencia aplicada que se alimenta de diferentes campos, y entre uno de éstos, se encuentra la higiene postural.


OBJETIVO DE LA ERGONOMÍA EN LOS TALLERES Y LABORATORIOS
     
      Es una disciplina nacida con el propósito de integrar en la concepción de los sistemas de educación, los conocimientos existentes de los estudiantes en situación de aprendices. 
     Con una solida metodología e instrumentos de análisis que le son propios, la ergonomía se apoya en todas las disciplinas que convergen en su interés por el comportamiento humano en la producción y en el uso de los productos: desde la fisiología de las ciencias cognitivas, de la biomecánica a la sociología del trabajo, de la medicina a la ingeniería, la informática. 

     La ergonomía es el enfoque del ser humano y su interacción con los productos, equipos, instalaciones, procedimientos y medio ambiente usando en el área de los talleres y laboratorios y en su diario vivir. 

Ergonomía organizacional

La ergonomía organizacional o macroergonomía,6 se preocupa por la optimización de sistemas socio-técnicos, incluyendo sus estructuras organizacionales, las políticas y los procesos.
Son temas relevantes a este dominio, los factores psicosociales del trabajo, la comunicación, la gerencia de recursos humanos, el diseño de tareas, el diseño de horas laborables y trabajo en turnos, el trabajo en equipo, el diseño participativo, la ergonomía comunitaria, el trabajo cooperativo, los nuevos paradigmas del trabajo, las organizaciones virtuales, el teletrabajo y el aseguramiento de la calidad.





Marco jurídico: LOCYMAT

TRANSACCIONES LABORALES
Art.9 Sólo puede celebrarse una transacción en materia de salud, seguridad, condiciones y medio ambiente de trabajo cuando:
1.                 Verse sobre las condiciones y oportunidad de pago de los derechos litigiosos o discutidos
2.                 El monto estipulado para pagar al trabajador sea, como mínimo, el fijado por el Inpsasel, en un informe pericial realizado al efecto
3.                 Contenga una relación circunstanciada de los hechos que la motiven y de los derechos en ella comprendidos
4.                 cumpla con lo previsto en el ordenamiento jurídico y
5.                 Conste por escrito

Violación art. 89 núm. 2 CRBV y art. 3 de la LOT Y ART. 10 Y 11 de su Registro.
Requisito adicional e imposición al Inspector del Trabajo del informe del Inpsasel, limitando sus competencias (arts.589 y 3 de la LOT)


INFORMACION Y NOTIFICACION DE LOS INFORTUNIOS LABORALES

OBLIGACION DE INFORMAR OCURRENCIA DE ACCIDENES DE TRABAJO

NOTIFICACION INFORMAL (ART.83)
Obligación del patrono de informar al Inpsasel  sobre la ocurrencia de un AT
·                     dentro de los 60 minutos siguientes a la ocurrencia del accidente, por escrito página Web www.inpsasel.vog.ve, por fax, o vía telefónica
·                     dentro de las 12 horas al Comité de Seguridad y Salud Laboral y al Sindicato

NOTIFICACION FORMAL (Art.84 y 85):
Obligación del patrono de informar al Inpsasel, al Comité de Seguridad y Salud Laboral y al Sindicato
·                     dentro de las 24 horas siguientes a la ocurrencia del accidente, a través de los formatos suministrados por el Inpsasel

QUIENES ADEMAS PUEDEN HACER LA NOTIFICACIÓN:
·                     El propio trabajador o trabajadora
·                     El Comité de Seguridad y Salud Laboral
·                     El Sindicato
·                     Los Delegados o Delegadas de Prevención
·                     El Inpsasel de oficio

SUSPENSION DE LA RELACION DE TRABAJO POR DISCAPACIDAD TEMPORAL (Art.86)

El tiempo que dure la discapacidad temporal se computará para el cálculo de la prestación de antigüedad del trabajador afectado.

PROTECCION DE LA MATERNIDAD (Art.14 y 15)

Tres situaciones:
·                     Durante el embarazo y hasta un año después del parto: privilegio de la madre con relación a la tarea a desempeñar
·                     Durante el embarazo licencia o permiso remunerado de un día o dos medio días mensuales para control médico
·                     Durante un año después del parto licencia o permiso remunerado de un día mensual para concurrir a un centro asistencial pediátrico. (padre o madre en relación laboral)
SERVICIOS DE SEGURIDAD:
PROPIOS O MANCOMUNADOS (Arts.22 y 23)

PROPIOS: Cuando cuenten con más de 250 trabajadores ó entre 50 y 250 trabajadores y desarrollen alguna de las actividades económicas indicadas en las normas técnicas que se dicten al efecto


MANCOMUNADOS: Pueden ser contratados y ejecutados por terceros debidamente habilitados y acreditados por el Inpsasel.  (Los patronos son solidariamente responsables con estos servicios mancomunados).





LA ERGONOMIA SU APLICACIÓN EN EL TALLER ESCOLAR/INDUSTRIAL/ NO EDUCACIONAL

En el análisis de contenido realizado sobre los servicios ofertados por los consultores de ergonomía y las asociaciones profesionales de ergónomos se encuentra una enorme variedad de campos de aplicación y de ocupación, lo cual podría llevar a hablar de “Ergonomías” (Montmollin, 1995) más que de “Ergonomía” en singular. Sin embargo, las diferencias de marcos teóricos, metodológicas y conceptuales no constituyen un obstáculo que impida evidenciar lo común: servir al hombre desde el diseño, la adecuación, la corrección o la reclamación de lo comprendido en el marco socio-técnico de la actividad humana. Estos campos de aplicación, que pueden ser agrupados desde diferentes criterios, serían:
ü  Prevención de Riesgos Laborales Riesgos ergonómicos y psicosociales Accidentes y seguridad. Factor humano Seguridad en máquinas Cultura preventiva y gestión de la prevención. Animador de prevención
ü  Diseño: usos múltiples y discapacidad Aplicaciones antropométricas y biomecánicas Diseños y accesos para discapacitados  Adaptación de sistemas de trabajo.
ü   Ergonomía Cognitiva Diseño de interfaces. Elaboración de guías de diseño del interfaz Usabilidad. Intervenciones y evaluación Simulación. Desarrollo de simuladores y prototipos. Diseño, selección y ubicación de los dispositivos de presentación de la información y controles. Diseño de las salas de control y pupitres.
ü  Ergonomía y ofimática Diseño y desarrollo del software;
· Diseño de espacio de trabajo y mobiliario. Diseño y disposición de las PDVs y de los periféricos. Salud y seguridad en el trabajo con PDVs. Síndrome del edificio enfermo.
ü   Ergonomía Ambiental Condiciones ambientales y efectos. Ergoacústica. Ruido y señales acústicas, inteligibilidad. Ambientes climáticos; Visibilidad e iluminación;
· Vibraciones espacio de trabajo y herramientas electromecánicas.
ü  Ergonomía Judicial Investigaciones de peritos. Análisis del trabajo y discapacidad. Ergonomía forense. Reconstrucción de accidentes. Recargo de prestaciones y compensaciones por accidentes y daños. Responsabilidad productos no ergonómicos. Causalidad de las lesiones.
ü  Fiabilidad Humana Error y fiabilidad humana. Análisis del error intervención sobre los factores humanos. Integración de los factores humanos en seguridad de los sistemas. Evaluación de la fiabilidad.
ü  Diseño Industrial Investigación de mercados/usuarios. Equipos médicos: laboratorios, dentistas, cirujanos; Diseño y especificaciones para mobiliario, accesorios, instrumental. Manual de instrucciones del producto. Equipos de protección personal. Exigencias y guías para el consumidor. Vehículos y ergonomía del transporte. Ergonomía militar.
ü  Gerencia y Ergonomía Gestión de Recursos Humanos. Gestión de competencias. Cambios en la gestión; análisis de costes y beneficios. Análisis de la carga de trabajo. Política y práctica ergonómica.
Resultan evidentes las organizaciones y empresas donde se pueden ejercer estos diferentes campos de aplicación. Es en el ámbito más popular de la práctica, ligada a seguridad y salud en el trabajo, donde se hallan los organismos en los cuales se puede ejercer la profesión con mayor implicación y siempre buscando la clave de la prevención: el factor humano y la gestión de los recursos humanos; estos especialistas pueden practicar la ergonomía aplicada de “verdad” en diferentes y concretas corporaciones:
Entidades externas y empresas privada de prevención de riesgos laborales
· Ejercicio libre de la profesión como peritos, consultores o asesores.
· En las grandes empresas públicas o privadas, en los Servicios de Prevención o en otras áreas de Recursos Humanos:
.-Formación, Gestión de Personal, etc. En producción centrados en la concepción de los sistemas de trabajo y la organización de la producción o en el diseño de productos.
.-En organismos públicos o asociaciones donde realizan estudios e investigaciones.
.-En equipos de trabajo con otros profesionales ocupados en el ámbito de las condiciones de trabajo, de la medicina del trabajo, la seguridad, la fiabilidad, entre otras.





FUNCIONES DE LOS SERVICIOS DE SEGURIDAD (Arts. 21, 34, 35 y 36


1.    Mantener un Sistema de Vigilancia Epidemiológica de AT y EO y presentar al Inpsasel Informes trimestrales en formularios suministrados por éste.
2.    Mantener un Sistema de Vigilancia de la Utilización del Tiempo Libre y presentar al Inpsasel Informes trimestrales
3.    Llevar una Historia médica, ocupacional y clínica biopsico-social de cada trabajador y mantenerla bajo custodia hasta los 10 años siguientes a la terminación de la relación laboral, luego de la cual deberá ser consignada ante el Inpsasel.
4.    Reportar los AT y EO al Inpsasel
5.    Reportar al Ministerio del Poder Popular par la Salud y el Desarrollo Social las enfermedades de notificación obligatoria que no sean de carácter ocupacional
6.    Evaluar y conocer las condiciones de las nuevas instalaciones, maquinarias y equipos antes de que comiencen a funcionar y formar a los trabajadores en el uso de los mismos
7.    Elaborar la propuesta del Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo
8.    Identificar, evaluar y proponer los correctivos que permitan controlar las condiciones y medio ambiente de trabajo
9.    Informar, formar y asesorar a los trabajadores en materia de seguridad y salud en el trabajo
10. Coordinar con el Departamento de Recursos Humanos el cumplimiento de sus funciones


EXAMENES DE SALUD  DE LOS TRABAJADORES (Art.27)

Derecho de los trabajadores:
·         A conocer sus resultados (24 horas siguientes a su obtención)
·         A la confidencialidad (Excepciones: Delegado de Prevención, autoridades judiciales y de salud, funcionarios de inspección del MINTRASS o del Inpsasel)

Exámenes
·                     Peempleo (preocupcional)
·                     Prevacacional
·                     Postvacacional
·                     Egreso (postocupacional)
·                     Periódicos (en razón de los factores de riesgos)

DELEGADOS DE PREVENCION

DERECHO DE SOLICITAR INFORMACION AL PATRONO (Art.51)

Los DP pueden solicitar al patrono cualquier tipo de información vinculada con las condiciones y medio ambiente de trabajo y éste debe informar dentro de los 15 días hábiles, salvo que se refiera a una situación que amenace o viole derechos humanos, en cuyo caso la información debe ser inmediata.

Deberán guardar estricta confidencialidad cuando se trate de la salud de los trabajadores o de secretos de fabricación o procedimiento.


INFORME MENSUAL DE ACTIVIDADES (Art.52)

Los DP deben remitir mensualmente (dentro de los cinco primeros días) al Inpsasel con copia al Comité de Seguridad y Salud Laboral un informe sobre sus actividades.


JORNADA DE TRABAJO (art.54)

El tiempo ocupado en el desempeño de sus funciones será considerado como trabajado a todos los efectos legales (licencia remunerada con más los beneficios sociales y convencionales que correspondan).
Si debe ocupar tiempo fuera de la jornada de trabajo deberá otorgársele un descanso compensatorio igual y remunerado dentro de la semana siguiente (salvo convenimiento especial)


INAMOVILIDAD LABORAL (Art.55)


No podrán ser despedidos sin justa causa desde el momento de su elección hasta tres meses después de vencido el término en el cargo.    Esta inamovilidad es irrenunciable, intransigible e indisponible.  Su violación implica sanción muy grave (entre 76 y 100 UT) por trabajador afectado (todos los que laborean en el Centro de Trabajo)


 


COMITÉ DE SEGURIDAD


1


TRABAJADORES
DELEGADOS DE PREVENCION
REPRESENTANTES DEL PATRONO
Hasta 10
1
1
Entre 11 y 50
2
2
Entre 50 y 250
3
3
Entre 250 y 500
4
4
De 501 en adelante
5
5

Comité de Seguridad Mancomunado


INTERMEDIARIOS Y CONTRATISTAS (Art.68)

El  Reglamento delega en los DP, previa consulta a los trabajadores en Asamblea, si crean un Comité de Seguridad o si se incorporan al existente en la beneficiaria.     Dicho Comité cesará cuando finalicen la obra o la actividad, debiendo notificar tal circunstancia al Inpsasel dentro de los 10 días siguientes.


REPRESENTACION DEL PATRONO EN EL CSSL  (Art.71)

Debe hacerse por escrito tanto la designación como la aceptación de sus miembros.

Pueden ser:

1.                 los empleados que actúen como representantes del patrono
2.                 los empleados de dirección
3.                 los trabajadores de confianza siempre que realicen labores de supervisión o administración (no los que manejen secretos industriales o comerciales del patrono)
4.                 cualquier otra persona ajena a la Empresa


REGISTRO NACIONAL DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y ACTUALIZACION DE DATOS (Arts. 72 al 74)

Corresponde al patrono la inscripción del CSSL dentro de los 10 días hábiles siguientes a su constitución.  Tiene una vigencia de 2 años, salvo el caso de los intermediarios y contratistas.  Asimismo deberá comunicar al Inpsasel cualquier cambio que se produzca en los requisitos presentados dentro de los 10 días hábiles de ocurrido.