miércoles, 15 de junio de 2016
TALLERES Y LABORATORIOS EDUCACIONALES AMBIENTES DE TRABAJO NO EDUCACIONALES
¿Que son Laboratorios y
Talleres en Instituciones de Educación?
-Espacios
de aprendizaje,
-Experimentación
e investigación.
-Lugares
de prácticas para el desarrollo de habilidades.
-Medios
educativos
LABORATORIO EN EL CONTEXTO EDUCACIÓN TÉCNICA
Es un área de enseñanza práctica en la que
se comprueban los conocimientos impartidos teóricamente con demostraciones
tangibles que ayudan al alumno a relacionar las clases con el mundo real,
además de darle un enfoque quinestésico y atractivo. El laboratorio está
organizado para ofrecer una instrucción en una unidad dentro de un área o
especialidad, se dice que son cursos más avanzados por pertenecer a un
laboratorio unitario.
TALLERES ESCOLARES
Es un ambiente de trabajo donde el
operario transforma y modifica la materia prima en un trabajo semi o totalmente
terminado. Se desarrolla un trabajo de tipo manual, es decir, que la habilidad
manual juega un papel muy importante.
DIFERENCIAS DE TALLERES
•trabajo
manual o artesano
•Espacio
de transformación de materia prima
•Condiciones
físicas ambientales normales.
•Equipos
e instrumentos básicos
•Trabajos
manuales juega un papel importante
DIFERENCIAS DE
LABORATORIOS:
•Trabajo
de espacio de investigación
•Trabajo
más preciso
•Condiciones
ambientales muy específicas
•Equipos
e instrumentos sofisticados
•1rabajos
de índole técnica.
COMPARACIÓN DE TALLER
ESCOLAR
•Medir
habilidades prácticas.
•Emplear
conocimientos.
•Desarrollo
de trabajos manuales.
•Elaboración
de instrumentos.
•Diseño,
elaboración de circuitos.
•Transformación
de materia prima.
•Reparaciones.
COMPARACIÓN LABORATORIO
ESCOLAR
•Experimentos
físicos o matemáticos.
•Uso
de instrumentos.
•Observación
de fenómenos físico-químicos.
•Comprobación.
•Comportamiento
de materiales semiconductores, conductores y no conductores.
•Medición
de parámetros eléctricos.
DISEÑO Y ORGANIZACIÓN DE LABORATORIOS ESCOLARES:
El
diseño y organización de los laboratorios escolares deben ser estudiados a
fondo con el fin de lograr que sea adecuada para el mantenimiento de un buen
nivel preventivo.
Los
elementos estructurales (suelo, techo, mobiliario, entre otros) deben tener
solides necesaria.
La
distribución de superficies se debe disponer el espacio de tal forma que se
pueda desarrollar todas las operaciones de forma segura incluyendo la
movilización de personas y materiales.
Los
laboratorios han de disponer de al menos dos puertas funcionales,
preferiblemente alejadas entre sí. No se deben sobrecargar los laboratorios,
muebles y equipos para así evitar accidentes y una evacuación eficaz.
La
ventilación debe estar garantizada en un trabajo de laboratorio. <es
conveniente tener ventilación suplementaria, (extractores) en caso de
emergencia. Una buena distribución y mantenimiento de paso, permitirá en la
mayoría de los casos evitar un accidente.
Las
redes de los servicios especiales como gas y electricidad y sus aparatos
correspondientes deben estar protegidas por encima del riesgo propio del
laboratorio.
En
cada laboratorio es conveniente delimitar un área de seguridad.
Las
puertas de los talleres deben tener relación con el acceso para facilitar el
ingreso de los materiales, maquinarias y equipos pesados.
Los
talleres educativos deben poseer puntos eléctricos de (110V-220V) según
requiera el uso.
Las
instalaciones de un taller deben estar provistas de extintores de incendio y
detectores de incendios, deben poseer cuartos de depósito bien organizados para
guardar herramientas.
Las
instalaciones de un taller deben una excelente iluminación.
La ventilación es de gran importancia y debe ser
garantizada en cada taller escolarAMBIENTES DE TRABAJO NO EDUCACIONALES ONTOLOGÍA DE AMBIENTES LABORABLES: INTERACCIÓN HOMBRE-ORGANIZACIÓN.
La
estructura organizacional, al ser una respuesta que el hombre ha desarrollado
por siglos para satisfacer el cumulo de necesidades que la sociedad demanda en
cada fase de la vida de sus integrantes, debe plantearse retos con una nueva
realidad existencial condicionada por la tecnología en su comportamiento y
reacciones, ante el surgimiento de las infinitas necesidades del hombre
Toda
organización debe mantener una evolución que le ofrezca una verdadera y
exclusiva identidad genética organizacional, al estar integrada por el humano
cada vez más adaptado, por una parte, a las nuevas circunstancias de
producción, de responsabilidad social, de conservación del ambiente, políticas,
culturales y de investigación tecnológica, y por otra al ser un factor cada vez
más apto y capaz de desarrollar nuevas formas de atender su entorno como ente
cambiante.
La
organización debe tomar como rumbo, una estructura dirigida por el hombre para
cumplir con la función de bienes y servicios, para atender las actuales y
nacientes necesidades de la sociedad, manteniendo el equilibrio ambiental que
el planeta exige para su supervivencia.
La
evolución de las organizaciones en la forma como ha evolucionado y su organización
original: la familia. Este tipo de estructura organizada represento la forma de
atener las necesidades básicas, al reunirse en equipos para obtener alimentos y
vestidos al comienzo de la vida humana y de la sociedad primitiva. Con los años
la familia logró perfeccionar su estructura, logrando la producción de otros
tipos de bienes en respuesta a nuevas y propias necesidades de supervivencia.
En
la actualidad dichas necesidades del hombre se incrementan cada día más a causa
de los cambios económicos, políticos que presenta el país. Es por tal razón,
que el hombre de hoy debe luchar fuertemente para poder satisfacer sus
necesidades.
NORMAS Y REGLAMENTOS QUE INCIDEN EN LA ORGANIZACIÓN DEL DISEÑO DE TALLERES Y LABORATORIOS ESCOLARES
1.
Los talleres o laboratorios no deben estar ubicados en lugares donde se restrinja
el ruido.
2.
Evite una ubicación que requiera una larga rampa para almacenamiento, esta deberá
estar separada de zona de deportes, de estacionamiento y avenidas.
3.
El almacenamiento de provisiones debe de estar ubicado de tal manera que se pueda
descargar equipos y maquinarias pesadas durante horas normales, Sin que disturbe
otras aéreas de la escuela.
4.
Por motivo del ruido, deben de estar ubicados en infraestructuras de una sola planta.
5.
También existen normativas dentro de los talleres y laboratorios: donde deben ir
ubicadas las máquinas, los materiales y equipos necesarios para las labores
dentro de dicho ambiente.
6.
También debemos nombrar organismos y leyes que existen para proteger al personal
que labora en los talleres: Lopcimat, Covenin, Ley Orgánica del trabajador.
ORDEN
Y LIMPIEZA
Mantén
limpio y ordenado tu puesto de trabajo oestudio.2. No dejes materiales
alrededor de las máquinas. Colócalos en lugar seguro y donde no estorben
elpaso.3. Recoge cualquier objeto que pueda causar unaccidente.4. Guarda
ordenadamente los materiales y herramientas. No los dejes en lugares inseguros5.
No obstruyas los pasillos, escaleras, puertas o salidas de emergencia.
LA ERGONOMIA SU APLICACIÓN EN EL TALLER ESCOLAR/INDUSTRIAL/ NO EDUCACIONAL
La
Ergonomía, ha sido definida de múltiples maneras, que en general derivan de su
propia etimología, ergos: trabajo, actividad, y nomos: principios, leyes;
aunque la Asociación Española de Ergonomía AEE, plantea una definición que
puede considerarse integradora de las diferentes tendencias de la ergonomía y
la ingeniería de los factores humanos “La ciencia aplicada de carácter
multidisciplinar que tiene como finalidad la adecuación de los productos,
sistemas y entornos a las características, limitaciones y necesidades de sus
usuarios para optimizar su eficacia, su seguridad y su confort”.
En la
medida que la ergonomía es una técnica preventiva, interviene en aspectos
relacionados con la seguridad y con la higiene industrial, por ello se trata de
una ciencia multidisciplinar.
No es
una ciencia pura, sino una ciencia aplicada que se alimenta de diferentes
campos, y entre uno de éstos, se encuentra la higiene postural.
Ergonomía organizacional
OBJETIVO DE LA
ERGONOMÍA EN LOS TALLERES Y LABORATORIOS
Es una
disciplina nacida con el propósito de integrar en la concepción de los sistemas
de educación, los conocimientos existentes de los estudiantes en situación de
aprendices.
Con una
solida metodología e instrumentos de análisis que le son propios, la ergonomía
se apoya en todas las disciplinas que convergen en su interés por el
comportamiento humano en la producción y en el uso de los productos: desde la
fisiología de las ciencias cognitivas, de la biomecánica a la sociología del
trabajo, de la medicina a la ingeniería, la informática.
La
ergonomía es el enfoque del ser humano y su interacción con los productos,
equipos, instalaciones, procedimientos y medio ambiente usando en el área de
los talleres y laboratorios y en su diario vivir.
Ergonomía organizacional
La ergonomía
organizacional o macroergonomía,6 se preocupa por la optimización de
sistemas socio-técnicos, incluyendo sus estructuras organizacionales, las
políticas y los procesos.
Son temas relevantes a
este dominio, los factores psicosociales del trabajo, la comunicación,
la gerencia de
recursos humanos, el diseño de tareas, el diseño de horas laborables
y trabajo en turnos, el trabajo en equipo, el diseño participativo, la
ergonomía comunitaria, el trabajo cooperativo, los nuevos paradigmas del
trabajo, las organizaciones virtuales, el teletrabajo y el aseguramiento de la calidad.
Marco jurídico: LOCYMAT
TRANSACCIONES LABORALES
Art.9 Sólo puede celebrarse una
transacción en materia de salud, seguridad, condiciones y medio ambiente de
trabajo cuando:
1.
Verse sobre las condiciones y
oportunidad de pago de los derechos litigiosos o discutidos
2.
El monto estipulado para pagar al
trabajador sea, como mínimo, el fijado por el Inpsasel, en un informe pericial
realizado al efecto
3.
Contenga una relación circunstanciada
de los hechos que la motiven y de los derechos en ella comprendidos
4.
cumpla con lo previsto en el
ordenamiento jurídico y
5.
Conste por escrito
Violación art. 89 núm. 2 CRBV y art.
3 de la LOT Y ART. 10 Y 11 de su Registro.
Requisito adicional e imposición al
Inspector del Trabajo del informe del Inpsasel, limitando sus competencias (arts.589
y 3 de la LOT)
INFORMACION Y NOTIFICACION DE LOS
INFORTUNIOS LABORALES
OBLIGACION DE INFORMAR OCURRENCIA DE
ACCIDENES DE TRABAJO
NOTIFICACION INFORMAL (ART.83)
Obligación del patrono de informar al
Inpsasel sobre la ocurrencia de un AT
·
dentro de los 60 minutos siguientes a
la ocurrencia del accidente, por escrito página Web www.inpsasel.vog.ve, por fax, o vía
telefónica
·
dentro de las 12 horas al Comité de
Seguridad y Salud Laboral y al Sindicato
NOTIFICACION FORMAL (Art.84 y
85):
Obligación del patrono de informar al
Inpsasel, al Comité de Seguridad y Salud Laboral y al Sindicato
·
dentro de las 24 horas siguientes a
la ocurrencia del accidente, a través de los formatos suministrados por el
Inpsasel
QUIENES ADEMAS PUEDEN HACER LA
NOTIFICACIÓN:
·
El propio trabajador o trabajadora
·
El Comité de Seguridad y Salud
Laboral
·
El Sindicato
·
Los Delegados o Delegadas de
Prevención
·
El Inpsasel de oficio
SUSPENSION DE LA RELACION DE TRABAJO
POR DISCAPACIDAD TEMPORAL (Art.86)
El tiempo que dure la discapacidad
temporal se computará para el cálculo de la prestación de antigüedad del
trabajador afectado.
PROTECCION DE LA MATERNIDAD (Art.14 y 15)
Tres situaciones:
·
Durante el embarazo y hasta un año
después del parto: privilegio de la madre con relación a la tarea a desempeñar
·
Durante el embarazo licencia o
permiso remunerado de un día o dos medio días mensuales para control médico
·
Durante un año después del parto
licencia o permiso remunerado de un día mensual para concurrir a un centro
asistencial pediátrico. (padre o madre en relación laboral)
SERVICIOS DE SEGURIDAD:
PROPIOS O MANCOMUNADOS (Arts.22 y 23)
PROPIOS: Cuando cuenten
con más de 250 trabajadores ó entre 50 y 250 trabajadores y desarrollen alguna
de las actividades económicas indicadas en las normas técnicas que se dicten al
efecto
LA ERGONOMIA SU APLICACIÓN EN EL TALLER ESCOLAR/INDUSTRIAL/ NO EDUCACIONAL
En
el análisis de contenido realizado sobre los servicios ofertados por los
consultores de ergonomía y las asociaciones profesionales de ergónomos se
encuentra una enorme variedad de campos de aplicación y de ocupación, lo cual
podría llevar a hablar de “Ergonomías” (Montmollin, 1995) más que de
“Ergonomía” en singular. Sin embargo, las diferencias de marcos teóricos,
metodológicas y conceptuales no constituyen un obstáculo que impida evidenciar
lo común: servir al hombre desde el diseño, la adecuación, la corrección o la
reclamación de lo comprendido en el marco socio-técnico de la actividad humana.
Estos campos de aplicación, que pueden ser agrupados desde diferentes
criterios, serían:
ü Prevención
de Riesgos Laborales Riesgos ergonómicos y psicosociales Accidentes y
seguridad. Factor humano Seguridad en máquinas Cultura preventiva y gestión de
la prevención. Animador de prevención
ü Diseño:
usos múltiples y discapacidad Aplicaciones antropométricas y biomecánicas Diseños
y accesos para discapacitados Adaptación
de sistemas de trabajo.
ü Ergonomía Cognitiva Diseño de interfaces.
Elaboración de guías de diseño del interfaz Usabilidad. Intervenciones y
evaluación Simulación. Desarrollo de simuladores y prototipos. Diseño,
selección y ubicación de los dispositivos de presentación de la información y
controles. Diseño de las salas de control y pupitres.
ü Ergonomía
y ofimática Diseño y desarrollo del software;
· Diseño de espacio de trabajo y mobiliario. Diseño y disposición de las PDVs y de los periféricos. Salud y seguridad en el trabajo con PDVs. Síndrome del edificio enfermo.
· Diseño de espacio de trabajo y mobiliario. Diseño y disposición de las PDVs y de los periféricos. Salud y seguridad en el trabajo con PDVs. Síndrome del edificio enfermo.
ü Ergonomía Ambiental Condiciones ambientales y
efectos. Ergoacústica. Ruido y señales acústicas, inteligibilidad. Ambientes
climáticos; Visibilidad e iluminación;
· Vibraciones espacio de trabajo y herramientas electromecánicas.
· Vibraciones espacio de trabajo y herramientas electromecánicas.
ü Ergonomía
Judicial Investigaciones de peritos. Análisis del trabajo y discapacidad. Ergonomía
forense. Reconstrucción de accidentes. Recargo de prestaciones y compensaciones
por accidentes y daños. Responsabilidad productos no ergonómicos. Causalidad de
las lesiones.
ü Fiabilidad
Humana Error y fiabilidad humana. Análisis del error intervención sobre los
factores humanos. Integración de los factores humanos en seguridad de los
sistemas. Evaluación de la fiabilidad.
ü Diseño
Industrial Investigación de mercados/usuarios. Equipos médicos: laboratorios,
dentistas, cirujanos; Diseño y especificaciones para mobiliario, accesorios,
instrumental. Manual de instrucciones del producto. Equipos de protección
personal. Exigencias y guías para el consumidor. Vehículos y ergonomía del
transporte. Ergonomía militar.
ü Gerencia
y Ergonomía Gestión de Recursos Humanos. Gestión de competencias. Cambios en la
gestión; análisis de costes y beneficios. Análisis de la carga de trabajo. Política
y práctica ergonómica.
Resultan
evidentes las organizaciones y empresas donde se pueden ejercer estos
diferentes campos de aplicación. Es en el ámbito más popular de la práctica,
ligada a seguridad y salud en el trabajo, donde se hallan los organismos en los
cuales se puede ejercer la profesión con mayor implicación y siempre buscando
la clave de la prevención: el factor humano y la gestión de los recursos
humanos; estos especialistas pueden practicar la ergonomía aplicada de “verdad”
en diferentes y concretas corporaciones:
Entidades externas y empresas privada de prevención de riesgos laborales
Entidades externas y empresas privada de prevención de riesgos laborales
·
Ejercicio libre de la profesión como peritos, consultores o asesores.
·
En las grandes empresas públicas o privadas, en los Servicios de Prevención o
en otras áreas de Recursos Humanos:
.-Formación,
Gestión de Personal, etc. En producción centrados en la concepción de los
sistemas de trabajo y la organización de la producción o en el diseño de
productos.
.-En
organismos públicos o asociaciones donde realizan estudios e investigaciones.
.-En
equipos de trabajo con otros profesionales ocupados en el ámbito de las
condiciones de trabajo, de la medicina del trabajo, la seguridad, la
fiabilidad, entre otras.
FUNCIONES DE LOS SERVICIOS DE SEGURIDAD (Arts. 21, 34, 35 y 36
1. Mantener
un Sistema de Vigilancia Epidemiológica de AT y EO y presentar al Inpsasel
Informes trimestrales en formularios suministrados por éste.
2. Mantener
un Sistema de Vigilancia de la Utilización del Tiempo Libre y presentar al
Inpsasel Informes trimestrales
3. Llevar
una Historia médica, ocupacional y clínica biopsico-social de cada trabajador y
mantenerla bajo custodia hasta los 10 años siguientes a la terminación de la
relación laboral, luego de la cual deberá ser consignada ante el Inpsasel.
4. Reportar
los AT y EO al Inpsasel
5. Reportar
al Ministerio del Poder Popular par la Salud y el Desarrollo Social las
enfermedades de notificación obligatoria que no sean de carácter ocupacional
6. Evaluar
y conocer las condiciones de las nuevas instalaciones, maquinarias y equipos
antes de que comiencen a funcionar y formar a los trabajadores en el uso de los
mismos
7. Elaborar
la propuesta del Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo
8. Identificar,
evaluar y proponer los correctivos que permitan controlar las condiciones y
medio ambiente de trabajo
9. Informar,
formar y asesorar a los trabajadores en materia de seguridad y salud en el trabajo
10. Coordinar
con el Departamento de Recursos Humanos el cumplimiento de sus funciones
EXAMENES DE SALUD DE LOS
TRABAJADORES (Art.27)
Derecho de los trabajadores:
· A
conocer sus resultados (24 horas siguientes a su obtención)
· A
la confidencialidad (Excepciones: Delegado de Prevención, autoridades
judiciales y de salud, funcionarios de inspección del MINTRASS o del Inpsasel)
Exámenes
·
Peempleo (preocupcional)
·
Prevacacional
·
Postvacacional
·
Egreso (postocupacional)
·
Periódicos (en razón de los factores
de riesgos)
DELEGADOS DE PREVENCION
DERECHO DE SOLICITAR INFORMACION AL
PATRONO (Art.51)
Los DP pueden solicitar al patrono
cualquier tipo de información vinculada con las condiciones y medio ambiente de
trabajo y éste debe informar dentro de los 15 días hábiles, salvo que se
refiera a una situación que amenace o viole derechos humanos, en cuyo caso la
información debe ser inmediata.
Deberán guardar estricta
confidencialidad cuando se trate de la salud de los trabajadores o de secretos
de fabricación o procedimiento.
INFORME MENSUAL DE ACTIVIDADES (Art.52)
Los DP deben remitir mensualmente
(dentro de los cinco primeros días) al Inpsasel con copia al Comité de
Seguridad y Salud Laboral un informe sobre sus actividades.
JORNADA DE TRABAJO (art.54)
El tiempo ocupado en el desempeño de
sus funciones será considerado como trabajado a todos los efectos legales
(licencia remunerada con más los beneficios sociales y convencionales que
correspondan).
Si debe ocupar tiempo fuera de la
jornada de trabajo deberá otorgársele un descanso compensatorio igual y
remunerado dentro de la semana siguiente (salvo convenimiento especial)
INAMOVILIDAD LABORAL (Art.55)
No podrán ser despedidos sin justa
causa desde el momento de su elección hasta tres meses después de vencido el
término en el cargo. Esta inamovilidad es irrenunciable,
intransigible e indisponible. Su violación implica sanción muy grave
(entre 76 y 100 UT) por trabajador afectado (todos los que laborean en el Centro
de Trabajo)
COMITÉ DE SEGURIDAD
1
TRABAJADORES
|
DELEGADOS DE PREVENCION
|
REPRESENTANTES DEL PATRONO
|
Hasta 10
|
1
|
1
|
Entre 11 y 50
|
2
|
2
|
Entre 50 y 250
|
3
|
3
|
Entre 250 y 500
|
4
|
4
|
De 501 en adelante
|
5
|
5
|
Comité de Seguridad Mancomunado
INTERMEDIARIOS Y CONTRATISTAS (Art.68)
El Reglamento delega en los DP,
previa consulta a los trabajadores en Asamblea, si crean un Comité de Seguridad
o si se incorporan al existente en la beneficiaria.
Dicho Comité cesará cuando finalicen la obra o la actividad, debiendo notificar
tal circunstancia al Inpsasel dentro de los 10 días siguientes.
REPRESENTACION DEL PATRONO EN EL CSSL (Art.71)
Debe hacerse por escrito tanto la
designación como la aceptación de sus miembros.
Pueden ser:
1.
los empleados que actúen como
representantes del patrono
2.
los empleados de dirección
3.
los trabajadores de confianza siempre
que realicen labores de supervisión o administración (no los que manejen
secretos industriales o comerciales del patrono)
4.
cualquier otra persona ajena a la
Empresa
REGISTRO NACIONAL DEL COMITÉ DE
SEGURIDAD Y ACTUALIZACION DE DATOS (Arts. 72 al
74)
Corresponde al patrono la inscripción
del CSSL dentro de los 10 días hábiles siguientes a su constitución.
Tiene una vigencia de 2 años, salvo el caso de los intermediarios y
contratistas. Asimismo deberá comunicar al Inpsasel cualquier cambio que
se produzca en los requisitos presentados dentro de los 10 días hábiles de
ocurrido.
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